Todo sobre las reglas del Incoterms 2020

Las reglas Incoterms® establecen un conjunto de términos contractuales que pueden ser incorporados a los contratos de compraventa de bienes. Ellas fueron desarrolladas y son mantenidas por expertos reunidos por la Cámara de Comercio Internacional (CCI). Publicado por primera vez en 1936, las reglas están sujetas a revisiones periódicas por la CCI para dar cuenta de los modos cambiantes de transporte y entrega de documentos.

A pesar de ser voluntarias, estas reglas se aplican en innumerables operaciones cada día y se han convertido en parte integrante del comercio internacional.

Clasificación de las reglas Incoterms®

Las reglas Incoterms® se agrupan en cuatro categorías:

Categoría E (EXW)

Entrega directa a la salida: el único término donde el exportador/vendedor pone las mercancías disponibles en sus propias instalaciones al importador/al comprador.

Categoría F (FCA, FAS y FOB)

Entrega indirecta, sin pago del transporte principal: términos en los que el exportador/vendedor es responsable de entregar las mercancías a un portador nombrado por el comprador.

Categoría C (CFR, CIF, CPT y CIP)

Entrega indirecta, con pago del transporte principal: términos en los que el exportador/vendedor es responsable de la contratación y el pago del transporte de las mercancías, pero no responsable de los costes adicionales o del riesgo de daño o de la pérdida a las mercancías una vez que se hayan enviado.

Categoría D (DPU, DAP y DDP)

Entrega directa en la llegada: términos en los que el exportador/vendedor es responsable por todos los gastos y riesgos asociados con la entrega de las mercancías al lugar de destino.

Las reglas de Incoterms® no son aplicables para todos los modos de transporte. Algunos términos fueron diseñados específicamente para los buques de mar, mientras que otros estaban destinados a ser aplicables a todos los modos de transporte.

A continuación se muestran extractos de las 11 reglas de la última revisión de Incoterms® 2020. La lista se ordena en mayor riesgo y responsabilidad al exportador/vendedor.

Incoterms 2020 by ICC

Reglas para cualquier modo o modos de transporte

EXW - En fábrica (de lugar convenido)

Ex Works significa que el vendedor entrega cuando pone las mercancías a disposición del comprador en sus proprias instalaciones o en otro lugar convenido (es decir, obras, fábrica, almacén, etc.). El vendedor no necesita cargar las mercancías en cualquier vehículo que recoge, ni necesita despejar las mercancías para la exportación, donde tal autorización es aplicable.

FCA - Transportista libre (lugar convenido)

Free Carrier ("transportista libre") significa que el vendedor entrega las mercancías al transportista o a otra persona designada por el comprador en las instalaciones del vendedor u otro lugar nombrado. Las partes están bien aconsejadas para especificar lo más claramente posible el punto dentro del lugar de entrega nombrado, ya que el riesgo pasa al comprador en ese momento.

CPT - Transporte pagado hasta (...lugar de destino convenido)

El "transporte pagado" significa que el vendedor entrega las mercaderías al transportista o a otra persona designada por el vendedor en un lugar pactado (si se acuerda entre las partes) y que el vendedor debe contratar y pagar los gastos de transporte necesarios para llevar las mercancías al nombre lugar de destino.

CIP - Transporte y seguro pagado hasta (...lugar de destino convenido)

El "transporte y seguro pagado" significa que el vendedor entrega las mercancías al transportista o a otra persona designada por el vendedor en un lugar acordado (si alguno de esos el lugar se acuerda entre las partes) y que el vendedor debe contratar y pagar los costes de transporte necesarios para llevar las mercancías al lugar de destino nombrado.
El vendedor también contrata la cobertura de seguro contra el riesgo del comprador de pérdida o daño a las mercancías durante el transporte. El comprador debe tener en cuenta que bajo CIP el vendedor está obligado a obtener el seguro sólo en la cobertura mínima. Si el comprador desea tener más protección del seguro, necesitará acordarlo expresamente con el vendedor, o arreglar un seguro adicional.

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DPU - Entrega en lugar descargado (...destino convenido)

"Entregado en lugar descargado" significa que el vendedor asume todos los costos y riesgos hasta que la mercancía sea descargada del medio de transporte en el lugar convenido acordado en destino. En este caso, el comprador es responsable de los trámites aduaneros de importación. Con la regla DPU, el comprador y el vendedor deben especificar y acordar un lugar de destino convenido.

DAP - Entregado en un punto (...lugar de destino convenido)

"Entregado en un punto" significa que el vendedor entrega cuando las mercancías se ponen a disposición del comprador en los medios de transporte que están listos para descargar en el lugar de destino designado. El vendedor asume todos los riesgos en el transporte de las mercancías hasta el lugar designado. DAP reemplaza los Incoterms® anteriores DAF y DDU.

DDP - Entregado con derechos pagados (...lugar de destino convenido)

"Entregado con derechos pagados" (Delivery Duty Paid) significa que el vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en un punto designado en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de formalidad aduanera. Los gastos de aduana de importación (impuestos y otros) son asumidos por el vendedor.

La revisión de 2010 suprimió 4 reglas Incoterms®: DAF (Delivery at Frontier), DES (Delivery ex-ship), DEQ (Delivery ex-quay) y DDU (Delivery duty unpaid). Se introducen dos nuevas reglas: DAT - Entrega en Terminal (sustituyó a DEQ) y DAP - Entrega en Lugar (sustituyó a DAF, DES y DDU).

La revisión de 2020 cambió la regla DAT por DPU.

Flujo de los Incoterms 2020 entre vendedor y comprador

Reglas para transporte marítimo y vías navegables interiores

FAS - Libre al costado del buque (...puerto de carga convenido)

El vendedor entrega cuando las mercancías se colocan al lado de la nave (p. ej. en un embarcadero o barcaza) designada por el comprador en el puerto designado del origen. El riesgo de pérdida o daño a las mercancías pasa cuando las mercancías están al lado de la nave, y el comprador asume todos los costes a partir de ese momento.

FOB - Libre a bordo (...puerto de carga convenido)

"Libre a bordo" significa que el vendedor entrega las mercancías a bordo del buque designado por el comprador en el puerto designado de embarque, o adquiere las mercancías ya entregadas. El riesgo de pérdida o daño a las mercancías se transfiere cuando las mercancías están a bordo de la nave, y el comprador asume todos los costes a partir de ese momento.

CFR - Coste y flete (...puerto de destino convenido)

El vendedor entrega las mercancías a bordo del buque, o adquiere las mercancías ya entregadas. El riesgo de pérdida o daño a las mercancías se transfiere cuando las mercancías están a bordo del buque. El vendedor debe contratar y pagar los gastos y fletes necesarios para llevar las mercancías hasta al puerto de destino designado.

CIF - Coste, seguro y flete (...puerto de destino convenido)

El vendedor entrega las mercancías a bordo del buque, o adquiere las mercancías ya entregadas. El riesgo de pérdida o daño a las mercancías se transfiere cuando las mercancías están a bordo del buque. El vendedor debe contratar y pagar los gastos y fletes necesarios para llevar las mercancías al puerto de destino designado.
El vendedor también contrata cobertura de seguro contra el riesgo del comprador de pérdida o daño de las mercancías durante el transporte. El comprador debe tener en cuenta que bajo CIF el vendedor está obligado a segurar sólo con una cobertura mínima. Si el comprador desea obtener más protección de seguro, tendrá que estar expresamente de acuerdo con el vendedor, o hacer la extensión de la cobertura de seguro por sí mismo.


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Tabla de reglas Incoterms y las responsabilidades de cada parte

Tabla de reglas Incoterms®y las responsabilidades de cada parte

Se recomienda consultar a un experto en comercio internacional para todas sus expediciones.

Uso de las reglas Incoterms

Las reglas Incoterms® no son leyes y no están implícitas en los contratos de venta de mercancías. Es importante que el vendedor y el comprador lleguen a un acuerdo sobre las condiciones de venta y sepan exactamente lo que está incluido en el precio de venta. Los exportadores deben elegir el término mejor adaptado a sus negocios, pero también deben estar preparados para cotizar con base en otros términos.
Al colocar un término Incoterm® en una cotización o factura comercial, el exportador esta eligiendo el término basado en el punto de transferencia de responsabilidad, es decir, el lugar o puerto de carga/descarga designado (p. ej., "CIF Valencia", "FOB Santiago").

Cómo elegir la regla Incoterm® ideal

Las dos Incoterms® más populares en el transporte marítimo son CIF y FOB. Muchos factores determinan cuál es la regla más apropiada para una transacción dada. Sin embargo, para que los comerciantes puedan maximizar sus lucros, el ideal será vender CIF y comprar FOB.

La venta con término CIF permite que el exportador haga un beneficio un poco más grande, ya que tendrá la posibilidad de elegir y negociar el servicio de flete. Comprar con término FOB significa que el importador puede ahorrar en gastos mediante la negociación de una mejor oferta de transporte de su lado. Cuando se trata de expediciones aéreas, el término FOB se atribuye a veces erróneamente cuando la FCA debería ser el término correcto a utilizar.

Una empresa que no sea experimentada en el comercio internacional, o con un pequeño volumen de carga, puede preferir utilizar la regla EXW, ya que ésta crea menos dificultades con la carga.

Limitaciones

Las reglas Incoterms® pueden ser útiles, pero su uso tiene limitaciones porque no transmiten en sí mismas la intención completa de las partes interesadas. Por ejemplo, estas reglas tienen las siguientes limitaciones:

  • No se aplican a los contratos de servicio.
  • No se basan en el contrato de transporte de mercancías.
  • No proporcionan detalles sobre el transporte, la transferencia y la entrega de mercancías.
  • No especifican cómo transferir la propiedad de las mercancías.
  • No protegen cada parte de su propio riesgo de pérdida.
  • No cubren las mercancías antes o después de la entrega.
  • No definen las acciones siguientes después de una infracción del contrato.

Puedes encontrar más información sobre los Incoterms si visitares la biblioteca en línea del CCI. "Incoterms" y el logo Incoterms® son marcas registradas de la Cámara de Comercio Internacional.

Sobre el autor

Carlos Moreira

Carlos Moreira

Especializado en transporte marítimo y logística, Carlos ha valorado fletes marítimos e intermodales en diversas agencias marítimas y transitarios. Lidera la experiencia de cliente de éxito en nuestro mercado. Conéctate con él en LinkedIn.

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